PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara la incompetencia funcional para conocer y decidir sobre la Falta de Cualidad e Interés, planteamiento realizado por la representación judicial de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA, por cuanto se considera competente al Juez de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, siempre y cuando sea alegada en la oportunidad correspondiente.
SEGUNDO: Se continúa con la tramitación normal del presente procedimiento.
TERCERO: No se condena en costa dada la naturaleza de lo aquí decidido.
CUARTO: Se ordena notificar a las partes de lo aquí decidido.
QUINTO: Se ordena not.....