Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por la BETZABETH DE CARMEN NUÑEZ GALLARDO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-10.769,069 domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, contra la Empresa CENTRO DE APUESTA GLOBAL & CONDOR,C.A, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIELES.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.38.....