PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento hecho por la ciudadana YERMARY CHINQUINQUIRA DIAZ TERAN, Venezolana, Titular de la cedula de Identidad Número 20.086.082, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, parte demandante, desistiendo tanto de la acción como del procedimiento que inició esta causa en contra de la empresa Sociedad mercantil IMAUCA , domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, por motivo de cobro de prestaciones sociales.
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de Cosa Juzgado al presente juicio.
TERCERO: Se declara Terminado el presente procedimiento y se Ordena el ARCHIVO d.....