Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadana ANGEL RAMÓN GONZÁLEZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V- 7.738.245, domiciliado en el Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia, contra la empresa ATLANTIDA INTERNACIONAL, C.A. , domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, por motivo de ACCIDENTE DE TRABAAJO O ENFERMEDAD OCUPACIONAL, en la cual se constituyeron como Tercero Intervinientes : PETROLEOS DE VENEZULA, S.A, empresa Matriz y PDVSA PETROLEO, S.A, Filial de PETROLEOS DE VENEZUELA.
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SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí de.....