Hoy 12-06-06, siendo la 1:00 PM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, anunciado el acto por el Tribunal compareció a la misma solamente la parte demandada la Empresa P.D.V.S.A. PETRÓLEO, S.A., a través de su Apoderado Judicial, Abogado en ejercicio JOSÉ LORETO RIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 16.520; no compareciendo la parte demandante ciudadano ELÍAS RADELMO CHIRINOS FLORES, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE, CERTIFIQUESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
JAIRO S.....