PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente asunto , en la demanda interpuesta por el Ciudadano YDELFONSO ANTONIO BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.246.979 , domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, contra la parte demandada ESCALANTE MOTORS CAMIONES, C.A., domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia., por motivo Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales, en base a los fundamentos expuestos de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
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