Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado LISANDRO JOSE URDANETA VARGA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 16/08/78, de 27 años de edad, de estado civil casado, de profesión Obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 13.653.014, hijo de VICENTE URDANETA y de NEIDA VARGAS, y con residencia en la Concepción al fondo del Banco BOD calle CORITO, casa de color rosada a cuatro casas de la Agencia de Lotería YENNE, Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, por su presunta participación en el delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTS Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado 31, encabezamiento, de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Su.....