IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la Dra. AILIN CACERES GARCIA, en su carácter de Jueza Provisorio del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, para conocer del juicio que por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, interpuesto por la ciudadana Arelis Liseth Petit Chacin, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.951.238, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de los ciudadanos Freddy Celestino Alvarez Añez, Freddy Celestino Álvarez Suárez y Nicolás Enrique Suárez González, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-3.379.847, V-13879.592 y V-27.998.616, respectivamente.....