a) OFICIAR al Departamento de Recursos Humanos de la Empresa Aseguradora Seguros La Occidental C.A, con la finalidad de que remitan en cheque de gerencia a nombre de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cualquier cantidad de dinero que le puedan corresponder a los niños JOHANDRY DAVID, KIMBERLY PAOLA y JHOAN MANUEL ZAMBRANO RODRIGUEZ, de ocho (08) años, seis (06) años y nueve (09) meses de edad respectivamente, como beneficiarios de las cantidades de dinero que por concepto de un seguro de vida que el hoy fallecido JHOAN MANUEL ZAMBRANO QUIÑONES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.16.783.633 y padre de los niños de autos, contrató con la Empresa Aseguradora Seguros La Occidental, C.A.
b) No hay costas por la naturaleza del presente procedimiento.
Publíquese, Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada .....