DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: La Redención de SIETE (7) MESES, VEINTISEIS (26) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, a la PENA impuesta al ciudadano JHON GREGORIO URDANETA GODOY, venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.920.428, hijo de Ciro Ángel Urdaneta Rincón y de Aída Josefina Freites Godoy, domiciliado en el Barrio San Agustín, diagonal al Abasto la Mano de Dios, Municipio Maracaibo del Estado Zulia; por el Trabajo y el Estudio realizado en el Internado Judicial de la Cárcel Nacional de Maracaibo, todo de conformidad con el articulo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, Así mismo se DECRETA el Cómputo de la Pena con Redención de 7 meses, 26 días y 12 horas, de conformidad con lo est.....