En el día hábil de hoy,30 de Junio de 2009, siendo las 2:14 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el apoderado judicial abogado Carlos Urdaneta en representación del demandante y INVERSIONES SABO, C.A. (SABO, C.A.) en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Jesús Rincón Pirela, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 10/07/09 al demandante la cantidad de tres mil bolívares fuertes (Bs.3.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.