Por los fundamentos de hecho y de Derecho este Tribunal Noveno de Primera Instancia Penal en Función de Juicio constituido en forma Mixta del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara PRIMERO POR MAYORIA SIMPLE CON VOTO SALVADO DE UNO DE LOS ESCABINOS, CULPABLE, al ciudadano VÍCTOR ROBERTO LÓPEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, titular de la Cédula de Identidad No. 7.702.730, hijo de .Jesús Méndez y Loreta López, profesión u oficio: albañil, de 55 años, fecha de nacimiento: 03-01-1954, residenciado: Barrio Blanco, sector las tres bocas, casa de color azul, de bloques con friso, a una cuadra de la panadería " las tres bocas ", y en consecuencia lo
CONDENA por la comisión del delito de HOMICIDIO EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal en su segundo aparte, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre.....