PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, presentada ante este Juzgado por los ciudadanos MARICARMEN FLORES VILLASMIL Y LEONARDO DAVID LOPEZ SIMANCAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-22.147.770 Y V-23.453.223, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia., en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día el (07) de Octubre del año 2011 ante el Registrador civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, lo cual consta en el acta de matrimonio, tal como se evidencia en copia certificada del Acta de matrimonio asignada con No. 374,, expedida por la mencionada autoridad civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del presente proceso.