Fundamentos por los cuales, este JUZGADO SÉXTO DE CONTROL, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por el ciudadano ILICH ALEXANDER DE VICENTE GONZALEZ, hermano del ciudadano DANILO ENRIQUE ABREU GONZALEZ, agraviado en la presente causa, asistido por el Abogado RICHARD PORTILLO TORRES, en contra del presunto agraviante, de conformidad con lo previsto en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 44 ordinal 1° ejusdem, en consecuencia se ordena su inmediata libertad. Y ASÍ SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Juzgado Sexto en función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, quedando la misma registrada bajo el número 01-06 del libro de registro de sentencias llevado por este Tribunal en la ciudad de Maracaibo a.....