Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se Decreta la Medida Cautelar Sustitutiva a La Privación Preventiva de Libertad, estipuladas en el ordinal 3° del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en: ORDINAL 3° Las Presentaciones Periódicas cada (30) días por el Departamento de Alguacilazgo a favor del ciudadano MARIO ALEJANDRO MADRIZ, de nacionalidad venezolano, fecha de nacimiento 28/06/1980, de estado civil SOLTERO, de profesión u oficio chofer, titular de le cédula de identidad Nº V.- 16.989.848, Hijo de MARIA MADRIZ Y ROMER URDANETA, con Residencia en via los bucares granja el carmen. Estado Zulia. DECLARANDO CON LUGAR EL PEDIMENTO FISCAL. TERC.....