Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano DANIEL ANTONIO NOGUERA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad POR VERIFICAR, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 53, cometido en perjuicio de las ciudadanas LINA LILA BERMUDEZ RIVERA y OLGA JOSEFINA BRACHO CASTRO, Venezolanas, Mayores de edad, Titulares de la cedula de identidad Nro. V.- 12.441.300 y V.- 5.824.912 respectivamente. Por cuanto a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, de conformida.....