Por los fundamentos antes expuestos esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la TUTELA a favor del adolescente de autos, interpuesta por la ciudadana MARLENY JOSEFINA QUINTERO DE NUÑEZ, antes identificada. Por consiguiente, a partir de la presente fecha la referida ciudadana antes identificada, será la tutora del referido adolescente y por ende su representante legal.
En consecuencia, la tutela a favor del pupilo LUBIN WILLIAMS PIRELA QUINTERO, de dieciséis (16) años de edad, queda conformada de la manera siguiente:
TUTORA: Ciudadana MARLENY JOSEFINA QUINTERO DE NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-4.058.210, domiciliada en El Campo EL Milagro, Segunda Calle, Número 108-A, Municipio Lagunil.....