Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, propuesta por Los ciudadanos NORELIA MARLENE ROZO DE NEGRON Y ILDEFONSO NEGRON URDANETA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidades Nros. V-7.779.015 y V-2.737.517, respectivamente, domiciliados en la Población de Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que ellos contrajeron el día once (11) de junio de 1993, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, según acta de matrimonio No. 04
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que no procrearon hijos, así mismo dejan const.....