Por las razones y fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la solicitud de las partes y en consecuencia se decreta a favor del acusado HUGO ENRIQUE MONTIEL, venezolana, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 14-10-1950, de profesión u oficio taxista, hijo de Asunción González (+) y Aura Montiel (+), titular de la cedula de identidad Nº 5.045.981, estado civil casado, con domicilio Barrio Motocross, calle 37C, casa 16A-24, punto de referencia al lado de Casa Italia, teléfono: 0414-6922330, Municipio Maracaibo, estado Zulia, a quien se le sigue causa por la comisión del delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 del código penal venezolano, cometido en perjuicio de la ciudadana YANEI PEREZ BUSTAMANTE, MEDIDA CAUTELA.....