Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada en ejercicio y de este domicilio LESLIS MORONTA LOPEZ, actuando con el carácter de Defensora de los acusado GERARDO ANTONIO LOPEZ MARTINEZ y JUAN CARLOS OSORIO ORTIZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 02 de Julio de 2003, en el acto de la Audiencia Preliminar; en el cual, Primero: se admite totalmente la acusación, interpuesta por la Fiscalía 23° del Ministerio Público, representado por la Abogada ERIKA PAREDES de conformidad con el ordinal 2° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal; Segundo: se admiten totalmente los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público, de conformidad co.....