DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar la Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo previsto en el articulo 93 de la de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.. SEGUNDO: Se Declara Sin Lugar, la solicitud de la defensa Publica, por cuanto las resultas del proceso son garantizadas con las Medida Cautelar del articulo 256 ordinal 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, debido a que se evidencia en actas que el ciudadano DERWIN JOSE TORRES SALCEDO, no tiene residencia establecida y vista que la victima se encuentra en estado de gravidez, faltando una semana para dar a luz, observándose la magnitud .....