Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el marco de la MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA CONTINUIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que siguen los ciudadanos Damaly del Calmen Contreras de Guerrero, Marbelys Margarita Contreras Bustamante, Edgar Luciano Contreras Bustamante, Nelson Omar Contreras Bustamante, venezolanos, mayores de edad, identificados con los números de cédula de identidad 8.075.561, 9.200.951, 9.204.752 y 9.397.902, respectivamente, domiciliados en El Vigía, municipio Alberto Adriani, estado Mérida, en contra de la ciudadana María Mosquera Riasco, venezolana, mayor de edad, identificada con el número de cédula de identidad 25.045.199, y contra cualquier tercero que amenac.....