HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito por los ciudadanos RAFAEL ANTONIO DIAZ BRUSES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad No. 16.326.864, y domiciliado en el Sector Nueva Rosa, Calle Venezuela, Casa No. 3, Municipio Cabimas del Estado Zulia y YANETZY COROMOTO VILLEGAS RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad No. 22.233.586 y domiciliada en la Avenida 41, con Calle Cumarebo, Sector Cumarebo, Casa s/n, del Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por los abogados DIAMELIS SÁNCHEZ y HENRY ALVAREZ, Defensoras Publicas Primera y Sexto (e) del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Extensión Cabimas, a favor del niño: (CUYOS NOMBRES SE OMITEN A RAZON DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No se archiva el expediente por estar pendiente el cumplimiento de .....