EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa a favor de los ciudadanos SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, mayor de edad, soltero, de veintitrés (23) años de edad, nacido el día doce (12) de Septiembre de mil novecientos ochenta y dos (1.982), Titular de la Cédula de Identidad número SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, hijo de los ciudadanos (se omiten), domiciliado en (se omite), Parroquia Altagracia, Municipio Miranda del Estado Zulia (se omite), venezolano, soltero, estudiante, de veintiún (21) años de edad, nacido el día once (11) de Octubre de mil novecientos ochenta y cuatro (1.984), Titular de la Cédula de Identidad (se omite), hijo de los ciudadanos (se omite), domiciliado en (se omite), Los Puertos de Altagracia, Municipio Miranda del Estado Zulia, por haberse extinguido la ac.....