En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la demanda de DESALOJO del inmueble suficientemente identificado en la narrativa de esta sentencia, intentada por la ciudadana ELIANA PATRICIA DE LA HOZ CABRERA , venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 17.579.785, domiciliada en Jurisdicción del Municipio del Estado Zulia, actuando como apoderada judicial la abogada en ejercicio Carmen Elena Camarillo de Gonzalez , inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros. 34.344 respectivamente; en contra de la ciudadana ANA CECILIA LOPEZ QUINTERO, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 80.594.378 , de igual domicilio, teniéndose por aceptados los hechos alegados en el libelo de la demanda, cuya ejecución deberá llevar .....