Ahora bien, este Juzgado, en atención a lo solicitado por las partes, y teniendo disponibilidad fáctica, le da inicio a la consecuente instalación de la Audiencia Preliminar, en la cual se escucharon propuestas y alternativas en el conflicto planteado, con la intervención mediadora del ciudadano Juez que preside este acto, siendo que las partes han llegado a un acuerdo transaccional, el cual se especifica, mediante acta transaccional que consignan en este acto, constante de tres (03) folios útiles, y un (01) folio de anexo, contentivo de la copia fotostática del cheque que recibe la accionante en este acto, para ser agregados a la presente acta y por ende al expediente, por la cantidad de VEINTIDÓS MIL CIENTO CINCUENTA CON DIECIOCHO BOLÍVARES (Bs. 22.150,18), mediante cheque No. 59003475, por la cantidad de Bs. 22.150,18, girado a favor de la ciudadana demandante HERNANDEZ CASTRO YARILUZ, plenamente identificada en las actas procesales, de la Entidad Bancaria BOD, de fecha veintisé.....