DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho expuestos esta Sala Segunda Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE EL PRIMER RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS, interpuesto por los profesionales del derecho EDUARDO JOSE MAVAREZ GARCIA y DAYSE CEPEDA VASQUEZ, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio y Auxiliar Quincuagésimos del Ministerio Público; contra de la decisión Nro. 430-18, de fecha 01 de Agosto de 2018, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control con Competencia Funcional Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: ADMITE EL SEGUNDO RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS, interpuesto por el ciudadano VICTOR JOSE GONZALEZ ALARCON, titular de la cedula de identidad N° V- 17.460.239, actuando con el carácter de Victima y Querellante, asistido por los profesionales del derecho ROMUL.....