Se decide: Primero: Se declara extinguida la acción penal, de la presente causa iniciada en contra del acusado DANIEL SEGUNDO BASTARDO LATOUCHE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 21.359.338, nacido en fecha 01/10/199Z, soltero, archivador de empresas seguros occidente; residenciado en la calle 148, casa 52ª -51, avenida 52 sector Sur América, Parroquia Marcial Hernández, Municipio San Francisco del Estado Zulia, de conformidad a lo establecido en el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta el sobreseimiento de la presente causa, conforme a lo previsto en los artículos 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el segundo aparte del artículo 361 ejusdem, a favor del ciudadano, DANIEL SEGUNDO BASTARDO LATOUCHE, a quien se le siguió proceso como autores en la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciu.....