Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INTANCIA EN FUCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: ORDENAR LIBRAR la correspondiente ORDEN DE APREHENSIÓN a todos las Autoridades, Civiles, Judiciales, y Militares de la República Bolivariana de Venezuela, para la búsqueda, localización, e ingreso del ciudadano acusado HECTOR JOSE MORILLO OLMOS, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nº V-14.630.355, de 31 años de edad, de estado civil Concubino, de profesión u oficio Obrero, de fecha de nacimiento 13-09-07, hijo de Violeta Olmos y de Héctor Morillo, residenciado en el Barrio Cardonal Norte, Avenida Principal casa N° 34-40, a dos cuadras del Colegio Cardonal Wayuu Norte, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", a la orden del Ju.....