PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional del derecho JOSE CORDERO, Defensor Privado de los imputados EDGAR ALEXANDER GUTIERREZ CHIRINOS y OSWALDO RAFAEL RIVERO OLIVARES.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión Nº 280-2020, de fecha 15.05.2020, emanada del Juzgado Primero de Primera instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas mediante la cual declaro Con Lugar la aprehensión en flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y decreto la medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de la Libertad en contra del mencionado imputado, de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse incurso en la presunta comisión de los delitos de POSESIÓN DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la l.....