DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: DARWIN RINGO GUERRA GARCIA , Venezolano, natural de Maracaibo, soltero, de 28 años de edad, nacido el 30/07/76, cédula de identidad Nro. V-19.005.848, de profesión u oficio Herrero, hijo de Eucarilde Garcías y José Guerra, residenciado en la Avenida 06 Santa Rosa de Agua, callejón Manaure, casa Nº 6ª-80, Maracaibo Estado Zulia de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal penal, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS , SIETE DIAS Y DOCE HORAS DE PRISION , más las accesorias de Ley contemplada en el articulo 16 y 34 del Código Penal, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el articulo 472
del Código Penal y PO.....