DISPOSITIVA:
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal SEGUNDO en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: De conformidad con lo establecido en el articulo 44 ordinal 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, vistas las actas y verificándose que en fecha 25/10/2013, según resolución Nº 1781-13, dicto orden de aprehensión en contra del imputado de autos, por el Juzgado Segundo de Control, este Tribunal la considera ajustada a derecho. PRIMERO: SE MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD, a favor del ciudadano DANIEL ALEJANDRO CABARCAS FLORES, de nacionalidad Venezolano, fecha de nacimiento 06-12-1990, de estado civil Soltero, de pr.....