DISPOSITIVA
Una vez escuchadas las exposiciones de las partes este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, previstas en los ordinales 3 y 4 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: JONY ESTIWAR AGUILAR BARAONA, titular de la cédula de identidad N° V.16.566.578, fecha de nacimiento 30-12-78 de 29 años de edad, Soltero, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de profesión u oficio Comerciante, hijo Rosalía Barahona y Joaquín Aguilar, residenciado en el Barrio La Polar, calle 181, no recuerda el numero de la casa, a 3 cuadras de Tostadas Indio Paz, Municipio San Francisco, POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPECAIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica .....