VII
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, decreta:
ÚNICO:
SE NIEGA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre los inmuebles propiedad de la sociedad mercantil VARIEDADES SANTA BÁRBARA, C.A.
SE NIEGA MEDIDA DE SECUESTRO, sobre un (01) vehículo Marca: Jeep, Modelo: Grand Cherokee, Año: 2010, Color: Rojo, Placa: AA187LS, Serial de Carrocería: 8Y8RX5FP6A1110290, Serial de Chasis: 8Y8RX5FP6A1110290, Uso Particular, a nombre del ciudadano LUIS GUILLERMO DIAZ QUEIPO.
SE DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre los inmuebles obtenidos a titulo particular, pertenecientes ciudadanos LUIS GUILLERMO DÍAZ QUEIPO y DELVIS ESTHER GONZALEZ, venezolanos, mayores de .....