PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO en los términos establecidos, celebrado entre la ciudadana MARIBEL JAIMES ABRIL, Venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N°.V- 13.563.228, domiciliada en La Urbanización las Lajas, calle 1, casa 33, Parroquia y Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, y el ciudadano: FELIX AUGUSTO PEÑA LUJANO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 9.357.343, domiciliado en el sector Propatria Parroquia y Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, a favor de la niña: IDENTIDAD OMITIDA, de 02 años de edad.....