Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO formulada por el ciudadano LEOMAR JOSÉ GARCÍA SOTURNO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.931.922, y domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, debidamente asistido por los profesionales del derecho ORLANDO ANTONIO ALVARADO TORRES y JHOANZEND GERARDO CAÑAMO SANGRONIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las identidad Nos. 12.697.324 y 16.170.775 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 272.961 y 267.540, respectivamente y domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos LEOMAR J.....