Vista la transacción celebrada en fecha 22-07-2008 por las partes intervinientes en la presente causa: Abg. DOUGLAS TORRES, I.P.S.A. N° 53723, con el carácter de apoderado judicial de la actora CARROCERIAS PROINTER, S.A.; y el ciudadano JULIO ENRIQUE RODRIGUEZ SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.860.550, con el carácter de Presidente de la empresa demandada, SOLAMIN, C.A., por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo del Estado Carabobo; éste Tribunal le imparte su homologación; en consecuencia, téngase la misma como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes. Asimismo, vista la diligencia suscrita en fecha 15-10-2008, se ordena devolver los documentos originales solicitados, previa certificación en los autos de su copia fotostática, una vez la parte provea las mismas, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil Venezo.....