DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza al penado LUIS SEGUNDO CAMACHO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, estado civil Casado, de profesión u oficio obrero, titular de la cedula de Identidad V-9.744.472 a permanecer en la siguiente dirección: Barrio José Gregorio Hernández, calle 108, con Avenida 59, Casa Nº 108-116, cerca de la Matancera, Teléfono: 0261-7360178,, por un lapso de diez (10) días contados a partir del día 18-07-2007, fecha en la que asistió el referido penado al Centro medico antes especificado, hasta el dia 27-07-2007, momento en el cual el penado de autos deberá presentarse ante la Cárcel Nacional de Maracaibo y su Delegado de Prueba, a los fines de continuar con el cumplimiento de sus obligaciones, salvo que el mismo requiera un nuevo reposo medico en cuyo caso.....