DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara,
Primero: Se declara CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano RAFAEL TUDARES, en contra de la HIDROLOGICA DEL LAGO DE MARACAIBO (HIDROLAGO).
Segundo: SE ORDENA el cumplimiento de la providencia administrativa Nro. 246 de fecha 28 de agosto de 2008, dictada por la Inspectoria del Trabajo de Maracaibo del Estado Zulia, mediante la cual declaró "CON LUGAR LA SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE LOS SALARIOS CAIDOS", incoada por el accionante.
Tercero: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el criterio emanado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia Número 06-852, de fecha 21 de novie.....