Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA CORPORAL DE OCHO (8) AÑOS DE PRESIDIO, al penado EDIXON JOSE FUENMAYOR CHIRINOS, de nacionalidad Venezolana, natural de Coro, Estado Falcón, de 34 años de edad, Estado Civil: Soltero, de profesión u oficio: Sin oficio Definido, titular de la Cédula de Identidad N° INDOCUMENTADO, hijo de Ricardo Chirinos y Maria Fuenmayor, y residenciado en el Barrio Los Tres Reyes Magos, Calle tu, Casa No 7ª-57, Maracaibo, Estado Zulia, faltándole por cumplir la Pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil por una Cuarta parte de la condena, es decir DOS (2) AÑOS que la terminará de cumplir el día 15-07-06, todo de confor.....