Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ROSA REGINA VALDEZ y HELBERTO ANTONIO ANDRADE AVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos V- 14.305.000, y V- 1.640.728, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 240, acompañada a los autos en copia certificada, y cuyo último domicilio conyugal estuvo ubicado en avenida 04 ( Bella Vista), Edificio Los Chinitos, apartamento No 02, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por .....