PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DE ESTADO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
INADMISIBLE la demanda por Ejecución de lo acordado en cuanto a la Obligación Alimentaria para el hijo favorecido en el matrimonio, establecido en la sentencia de Divorcio (Separación de Cuerpos y Bienes), dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio – Juez Unipersonal Nº 3, incoada por los ciudadano MILLY AURORA ANGARITA BELLSHYTHE y JUAN CARLOS ALDEA BECERRA, antes identificados, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de esta Sentencia.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia certificada por secretaria.