Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES, seguido por el ciudadano ITAMAR DAVID PÉREZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero 7.842.382, trabajador petrolero, con domicilio Procesal en la Carretera H, Sector H7, casa Nº 22, Parroquia German Ríos Linares del Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistido por el abogado LEONARDO JOSÉ PALENCIA TORO, con Inpreabogado Nº 66.760 con domicilio en la Parroquia Carmen Herrera del Municipio Cabimas del Estado Zulia; en contra de la ciudadana ARELIS CHIQUINQUIRÁ QUERO REYES, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-10.087.524, Ingeniera en Petróleo y domiciliada en el conjunto residencial Villa Delicias, edificio Torre 2, planta baja .....