Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: Declara con lugar la solicitud Fiscal y, por vía de consecuencia, declara la libertad de los ciudadanos OSWALDO JOSE DIAZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 11/06/1957, titular de la cédula de identidad Nº 4.702.063, soltero, chofer, hijo de Hilda Rosa Briceño y Ricardo Molina (d), residenciado en la calle 9, El Condor, casa Nº 6-97, Mucujepe, El Vigía, Estado Mérida, Municipio Héctor Amable Mora y JOSE ALBERTO CHACIN CAMAÑO, de nacionalidad venezolana, natural de Machiques de Périja, fecha de nacimiento 13/09/1974, titular de la cédula de identidad Nº 11.721.348, soltero, Técnico Superior en So.....