Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos LIANA LISEL FINOL URDANETA Y YSRAELS DE JESUS RINCON DUARTE, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nos. V.-14.844.830 y V.-13.562.889, respectivamente, domiciliados el primero en el municipio Colon del estado Zulia.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha 25 de septiembre de 1997, fuera contraído ante el Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprun de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
• Se homologan los acuerdos en relación a las Instituciones Familiares, es decir, Custodia y demás contenidos de la Responsabilidad de Crianza, O.....