Por los fundamentos amplia y claramente expuestos con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de DIVORCIO ORDINARIO, seguido por la ciudadana MARÍA MERCEDES RUIZ DE URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No 12.256.544, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, contra el ciudadano LEVY ALFONSO URDANETA LANDINO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.281.864, de igual domicilio. ASI SE DECLARA.-
• NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con la normativa estatuida por el legislador venezolano en el artículo 283 del vigente Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE ESTABLECE.-