Por los fundamentos expuestos, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, suscrita por el ciudadano GABRIEL JOSE BENCOMO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-20.621.065, domiciliado en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por el ciudadano GABRIEL JOSE BENCOMO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-20.621.065, domiciliado en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, en fecha Siete (07) de Abril de 2015, PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se dec.....