Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha veinte (20) de marzo de 2013, por los ciudadanos: LISNEILA JOSEFINA GUTIERREZ TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.847.862, domiciliada en la avenida 32, Calle El Carmen diagonal a la cuchilla del niño, casa s/n, Municipio Cabimas del Estado Zulia, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio THAIS OLIVARES MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.848, extensión Cabimas; y RONAL JESUS FARIA SALAS y RINA PATRICIA FARIA SALAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-16.846.101 y V-18.064.548, respectivamente, domiciliados en el S.....