DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 Ordinales 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al imputado, ISLENIS TATIANA VEGA RIVEIRA, C.I: E- 56.098.415 de nacionalidad Colombiana, natural de Villa Nueva Guajira, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 27-10-1981, soltera, de profesión u oficio T.S.U en Educación Pre-escolar, , hija de Yomaira Riveira y Rodrigo Vera, residenciado Av. 95, Casa Nº 36A-6, Maracaibo, Estado Zulia, Teléfono 0412-909.62.63. Seguido se procede a tomarle sus características fisonómicas: estatura 1.64 aproximadamente, contextura mediana, peso 76 Kg., cejas finas, cabello color castaño lacio, piel morena, ojos pardos, nariz pequeña, boca regular, no presenta cicatrices ni tatuajes. Asimismo se deja constancia de la dirección de la ciudadana MARIA VAQUERO, quien es tía de la misma, la cual reside en Urb. Nu.....