DECRETO MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano: RICARDO JOSE ALCIRIA SUAREZ, Colombiano, Natural de Sagun Córdoba, de 27 años de edad, soltero, C.I. E-7.369.529, fecha de nacimiento 04-12-80, Hijo de Inorina del Socorro y Silvio Manuel Alciria, de ocupación obrero, residenciado en el Kilómetro 25, Vía Perija, Invasión la Casona, a dos cuadras del abasto "El Paisano", Estado Zulia, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA prevista y sancionada en el articulo 42, tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MELVIS MARIA MENDOZA, conforme a lo establecido en el Artículo 256 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente se ACUERDA la MEDIDA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD, establecida en el Art. 87 numeral 3° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Quedando el imputado en este acto a cumplir con las si.....